Código de Protección y Defensa del Consumidor
- Publicación
- 2 de septiembre de 2010
- Vigencia
- 2 de octubre de 2010
- Emisor
- Congreso de la República del Perú
La Ley N° 29571 es el Código de Protección y Defensa del Consumidor del Perú. Es la norma central que regula las relaciones de consumo entre proveedores y consumidores. Estableció el régimen unificado de derechos del consumidor, obligaciones del proveedor, infracciones y sanciones administrativas. En su artículo 150 consagra la obligación de todo proveedor de contar con Libro de Reclamaciones.
Antes de la Ley N° 29571, la protección al consumidor en Perú estaba dispersa en varias normas, principalmente el Decreto Legislativo N° 716 (Ley de Protección al Consumidor) y su Texto Único Ordenado aprobado por D.S. 006-2009-PCM. La Ley N° 29571 unificó y modernizó este marco, incorporando regulación específica para comercio electrónico, servicios financieros, productos peligrosos y otros sectores que no estaban suficientemente cubiertos. Fue resultado de un largo proceso de consulta con el sector privado, asociaciones de consumidores e INDECOPI.
Artículos clave
Artículo 1
Derechos del consumidor
Enumera el catálogo de derechos del consumidor peruano: información veraz, idoneidad, salud y seguridad, trato equitativo, reparación o indemnización, asociación, consumo responsable y otros.
Artículo 110
Infracciones y sanciones
Establece el régimen de infracciones (leves, graves y muy graves) y la escala de sanciones administrativas que puede aplicar INDECOPI, desde amonestación hasta multas de 450 UIT, cierre temporal y publicación en el registro de infractores.
Artículo 150
Libro de Reclamaciones obligatorio
Establece la obligación de todo proveedor de bienes y servicios de contar con un Libro de Reclamaciones, en formato físico o virtual, disponible en cada establecimiento comercial. Es la base normativa de toda la regulación del libro.
Artículo IV del Título Preliminar
Definiciones
Define los conceptos centrales del Código: consumidor, proveedor, relación de consumo, asociación de consumidores, entre otros. Es la base interpretativa de toda la ley.
Estructura del Código de Protección y Defensa del Consumidor
La Ley N° 29571 se organiza en un Título Preliminar y cinco Libros, sumando más de 150 artículos. Esta estructura permite ubicar con facilidad las normas aplicables a cada tipo de relación de consumo.
- Título Preliminar: principios generales y definiciones clave (consumidor, proveedor, relación de consumo).
- Libro I: Derechos de los consumidores y relación consumidor-proveedor.
- Libro II: Información a los consumidores (publicidad, precios, etiquetado).
- Libro III: Métodos de pago, contratos de consumo, servicios financieros y servicios públicos regulados.
- Libro IV: Asociaciones de consumidores y participación ciudadana.
- Libro V: Procedimientos administrativos, infracciones, sanciones y el sistema de protección al consumidor.
Obligaciones principales que impone a los proveedores
El Código impone un conjunto de obligaciones afirmativas a todo proveedor. Su incumplimiento configura infracciones sancionables por INDECOPI.
- Contar con Libro de Reclamaciones físico o virtual en cada local (Art. 150).
- Exhibir aviso visible sobre la existencia del Libro de Reclamaciones (D.S. 011-2011-PCM).
- Responder reclamos dentro de 15 días hábiles desde el registro.
- Brindar información veraz, oportuna y suficiente sobre productos y servicios.
- Cumplir las garantías ofrecidas y los términos de la oferta.
- No realizar publicidad engañosa ni métodos comerciales agresivos.
- Respetar el principio de no discriminación en el acceso a bienes y servicios.
- Conservar las copias de reclamos durante al menos dos años.
Sanciones aplicables por incumplimiento
INDECOPI puede imponer las siguientes sanciones, de forma individual o acumulada, según la gravedad de la infracción.
- Amonestación (sanciones leves).
- Multa económica desde 1 hasta 450 UIT.
- Cierre temporal del establecimiento hasta seis meses.
- Decomiso o destrucción de productos.
- Publicación de avisos rectificatorios a costo del infractor.
- Inscripción del proveedor en el registro público de infractores.
Impacto sobre el Libro de Reclamaciones
La Ley N° 29571 es la base normativa de toda la regulación del Libro de Reclamaciones en Perú. Su artículo 150 es la fuente directa de la obligación. Sin esta ley, el régimen del Libro de Reclamaciones no tendría sustento legal. Cualquier modificación a esta norma puede impactar directamente el funcionamiento, plazos y sanciones del libro.
Modificatorias y normas complementarias
Ley N° 29888
Modifica el Código en materia de información sobre productos financieros y de seguros.
Ley N° 30046
Regulación complementaria de contratos de consumo.
Ley N° 31435
Refuerza la protección al consumidor en servicios públicos regulados.
D.S. 011-2011-PCM
Reglamento del Libro de Reclamaciones (norma reglamentaria principal).
Publicaciones oficiales
Libro de Reclamaciones en consumidor.gob.pe
Página oficial del Estado peruano sobre el Libro de Reclamaciones, gestionada por INDECOPI.
https://www.consumidor.gob.pe/libro-de-reclamaciones
INDECOPI en gob.pe
Sitio institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.
https://www.gob.pe/indecopi
Reclama Virtual de INDECOPI
Plataforma oficial para presentar denuncias formales ante INDECOPI cuando un reclamo no es atendido.
https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/
Preguntas frecuentes
Normas relacionadas
D.S. N° 011-2011-PCM
Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor
Ver normaD.S. N° 006-2014-PCM
Modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones
Ver normaD.S. N° 006-2009-PCM
Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor
Ver normaLey N° 31435