Soluciones por industria

Libro de Reclamaciones Virtual adaptado a tu rubro

Cumple con la Ley N° 29571 en 3 minutos. Explora la solución diseñada para tu industria con copy específico, FAQs y recomendaciones.

Para restaurantes

Todo establecimiento que vende alimentos y bebidas al público en Perú está obligado a contar con un Libro de Reclamaciones accesible al consumidor. Esta exigencia aplica sin excepción a restaurantes, cevicherías, dark kitchens, cafeterías y food trucks que operen en territorio peruano. La norma exige que el libro esté disponible de forma inmediata cuando el cliente lo solicite, sea en formato físico o virtual. No tenerlo habilitado, o negarse a entregarlo, constituye una infracción directa al Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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Para e-commerce

Las tiendas online que operan en Perú —incluyendo tiendas propias en Shopify o WooCommerce, vendedores en Mercado Libre, Falabella.com o cualquier marketplace— están sujetas a la misma obligación legal que los negocios físicos. Si el consumidor está en Perú y la transacción se realiza en moneda peruana o involucra derechos del consumidor peruano, el Código de Protección y Defensa del Consumidor aplica íntegramente. El Libro de Reclamaciones debe estar accesible desde la web o app del proveedor en todo momento. No basta con un formulario de contacto genérico: debe ser una hoja de reclamación con los campos mínimos exigidos por el reglamento.

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Para bodegas y minimarkets

Las bodegas, minimarkets y tiendas de abarrotes son uno de los tipos de negocio más frecuentes en Perú y también uno de los más fiscalizados por INDECOPI en materia de Libro de Reclamaciones. La obligación aplica sin importar el tamaño del local ni el volumen de ventas: si vendes productos al consumidor final, debes tenerlo habilitado. Un QR en la caja registradora o mostrador es suficiente para cumplir con el requisito del aviso visible y del acceso inmediato al libro. Esto protege tu negocio y genera confianza en tus clientes regulares.

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Para farmacias y boticas

Las farmacias y boticas en Perú están sujetas a una doble fiscalización: por un lado, el Código de Protección y Defensa del Consumidor administrado por INDECOPI; por otro, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) que supervisa el cumplimiento de las normas sanitarias del sector. Ambas entidades pueden exigir el Libro de Reclamaciones durante sus inspecciones. Dada la naturaleza sensible del producto —medicamentos que afectan directamente la salud—, los reclamos en este sector tienen un peso regulatorio mayor y pueden derivar en acciones penales si involucran daño a la salud del consumidor.

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Para delivery y apps de reparto

El auge del delivery en Perú trajo consigo un aumento significativo de reclamos por pedidos incorrectos, entregas tardías y productos en mal estado. Los negocios que operan a través de apps de reparto como Rappi, PedidosYa o plataformas propias son proveedores directos del consumidor final y, por tanto, están obligados a contar con su propio Libro de Reclamaciones. El hecho de que la plataforma intermediaria tenga su propio sistema de quejas no exime al negocio de su obligación legal individual. INDECOPI ha sancionado a negocios de delivery que delegaban esta responsabilidad a la app.

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Para hoteles y alojamientos

Los establecimientos de hospedaje en Perú —hoteles, hostales, albergues, apart-hoteles y alojamientos turísticos— están regulados tanto por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) como por INDECOPI. Ambas entidades pueden realizar inspecciones y exigir la exhibición del Libro de Reclamaciones. Para los establecimientos clasificados por MINCETUR, la ausencia del libro puede implicar la suspensión o retiro de la clasificación oficial, lo que afecta directamente la visibilidad en plataformas de reservas internacionales como Booking.com o Airbnb.

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Para consultorios profesionales

Los profesionales que brindan servicios de manera independiente o en consultorios —médicos, odontólogos, abogados, contadores, psicólogos— son proveedores de servicios bajo la Ley N.° 29571 cuando actúan en relación de consumo con sus pacientes o clientes. Esto significa que la obligación del Libro de Reclamaciones no es exclusiva de las empresas: un consultorio unipersonal también debe tenerlo. La obligación aplica siempre que exista un pago a cambio del servicio profesional y el receptor sea un consumidor final.

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Para mype (micro y pequeña empresa)

Las micro y pequeñas empresas (MYPE) representan más del 96% del tejido empresarial peruano y están plenamente obligadas a contar con Libro de Reclamaciones, sin importar su tamaño o sector. Muchos emprendedores desconocen esta obligación o creen que aplica solo a grandes empresas, lo que los expone innecesariamente a multas de INDECOPI. La buena noticia es que la solución es simple, económica y puede implementarse en 3 minutos. Para una MYPE, el Libro de Reclamaciones también es una herramienta de mejora continua que ayuda a retener clientes y mejorar la reputación del negocio.

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