Cierre temporal del establecimiento
El cierre temporal del establecimiento es una sanción que INDECOPI puede imponer al proveedor por infracciones graves al Código de Protección y Defensa del Consumidor. Puede durar hasta 6 meses.
El cierre temporal del establecimiento es una sanción accesoria que INDECOPI puede ordenar cuando existe una infracción grave o muy grave al Código de Protección y Defensa del Consumidor, o cuando hay reincidencia en infracciones leves no subsanadas. Aplica al local específico donde se cometió la infracción y suspende toda actividad comercial durante el plazo dispuesto, que puede llegar hasta 6 meses. Es independiente de la multa económica y se ejecuta mediante el cierre físico del local con clausura por parte de la autoridad. El cierre tiene impacto operativo (pérdida de ingresos), reputacional (publicidad de la sanción) y laboral (suspensión de actividades). Solo se reabre el establecimiento al vencimiento del plazo o cuando el proveedor acredita haber subsanado la infracción y la autoridad lo autoriza expresamente.
Términos relacionados
Sanción administrativa de INDECOPI
Una sanción administrativa de INDECOPI es la consecuencia jurídica que se impone al proveedor cuando se acredita una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor. Incluye multa, cierre temporal, decomiso y publicación en el registro de infractores.
Ver definiciónMulta INDECOPI
Las multas de INDECOPI por incumplir la normativa del Libro de Reclamaciones van desde 1 hasta 450 UIT según la gravedad. Una infracción grave puede superar S/2.4 millones con la UIT vigente.
Ver definiciónINDECOPI
INDECOPI es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Perú. Es la autoridad que protege los derechos del consumidor y sanciona el incumplimiento del Libro de Reclamaciones.
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